Nuestra empresa seguirá prestando servicios a domicilio, pues nuestro sector se ve condicionado a mantener las mejores condiciones higiénico sanitarias en las viviendas y empresas y que siempre tengan servicio de agua y gas para poder tener la higiene que se necesita en esta crisis del Covid-19.
Debido a que estamos en pleno desarrollo de una plataforma de compra online, hasta que esté habilitada, el proceso de compra se realizará por teléfono al 96 138 45 67 o por correo en info@fontaneriaibanez.com.
Resolvemos sus dudas y asesoramos durante el proceso de compra, de forma que usted recibirá un presupuesto con la valoración de los productos. En caso de aceptar el presupuesto, un operario realizará la entrega en su domicilio, manteniendo siempre las medidas de seguridad.
El pago podrá realizarse con tarjeta ya que el operario acudirá a su domicilio con datáfono para evitar en la medida de lo posible el contacto con dinero en efectivo.
Enviamos nuestros productos sin gastos de envío en:
Paterna, Valterna, La Cañada, Terramelar, El Plantío.
Las actividades de las empresas de nuestro sector de instalaciones, mantenimiento y reparación, no están afectadas por parte del Real Decreto 463/2020, y por tanto no están incluidas en el cierre de ninguna de su actividad.
Si bien nuestra empresa no podrá realizar ventas al público, si podremos tomar pedidos para servir a domicilio y atender a las urgencias por falta de agua y gas que puedan surgir.
Podrán realizar peticiones de servicios de reparación y mantenimiento y de servicio de material por los canales habituales.
Medidas de Seguridad:
En aras de ser un colectivo responsable con los objetivos de la declaración de alarma, se adoptarán las siguientes medidas de seguridad.
- a) Se dotará a los empleados de los recursos y formación adecuada para que evitar en su mayor medida el contagio del trabajador.
- b) Se adaptará la actividad a los lugares de trabajo en los que no haya otras personas o, en su caso, que únicamente accedan a aquellos lugares de trabajo que cumplan las distancias correspondientes de seguridad entre las personas en el lugar de trabajo, extremando las medidas dictadas por el Gobierno de la Nación.
El estado de alarma NO LIMITA el desplazamiento de las personas para acudir al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
En este sentido, la solicitud de un cliente podemos entenderla como incluida en estos supuestos, ya que se hace para el cumplimiento de una prestación laboral, siempre observando las medidas higiénicas y de protección oportunas; y siempre que esa solicitud no pueda ser aplazada.